Quizás no suceda durante el transcurso de mi vida, pero seguramente llegará el día en que los defensores de los derechos de los animales (no humanos) atestiguarán que, tras años de lucha, todas las jaulas estarán vacías. Tom Regan

Derecho

A diferencia del largo camino que ha recorrido la formulación de los derechos de la AH, la cuestión de los derechos de los ANH tiene una historia relativamente reciente, que ha tenido que sobrellevar la pesada carga del antropocentrismo y el especismo. 

La lógica del Derecho está dirigida a crear e insistir que los derechos individuales se deben extender a todos los que los necesitan, es decir, a quienes experimentan sus vidas y en este escenario el propósito moral no es proteger solo lo que importa a los AH, sino lo que realmente importa a los ANH, descartando la visión antropocentrista, con la cual presente, la formulación estaría dirigida a satisfacer las necesidades de los AH en un escenario de control y dominación. 

En consecuencia la carta de los derechos de los ANH considera los derechos inviolables, cuya fuente ética es el principio de igual consideración, un requisito racional que iguala los intereses considerando al menos los principios más básicos como el derecho a la vida, a desarrollarse como individuo y a tener la garantía que su vida fluirá libre de todo tipo de sometimiento. 

En la actualidad, diversas organizaciones pro derecho de los ANH, utilizan recursos de las leyes humanas para defender los derechos de los ANH y recurren a tribunales civiles para su defensa, dada la inexistencia de principios legales que protejan la integridad de los individuos no humanos. A menudo se utiliza la sintiencia para de esta forma asociarlos al concepto de persona y de esta manera, con esta declaración, facilitar su ingreso a la res humana. 

La misión del Derecho está en construir los mecanismos legales e institucionales que permitan que el sistema judicial disponga de las herramientas para su protección, con los cuales no cuenta en la actualidad. En naciones desarrolladas se realizan grandes esfuerzos para incluir, especialmente a los dependientes primarios en fallos judiciales que favorezcan su status moral, a pesar de la carencia de leyes específicas. Solo en USA se han detectado más de 15 categorías en que las cortes han fallado en beneficio de los derechos de los ANH (Garner, 2013). 

A mayor abundamiento, ocho estados – naciones han incluido en sus Constituciones, artículos que otorgan garantías constitucionales a los ANH, basados en la defensa de sus principios morales. (Eisen, 2017).

El sistema internacional debe, en las legislaciones nacionales como supranacionales, incluir al menos los siguientes derechos :

El derecho a la vida, el más básico de los derechos que es patrimonio de todos los seres vivos.

El derecho a la libertad, a no ser capturados, comercializados ni vendidos a cárceles – zoológicos o cárceles – acuarios, en calidad de reclusos permanentes, sin haber causa contra ellos.

El irrestricto respeto al habitat que ha sostenido la vida de las especies por millones de años y que ha sido sistemáticamente destruido. 

El derecho a su independencia y a llevar sus vidas con semejante sentido que se respeta la de los AH.

El derecho a no ser víctimas de experimentos, ni ser utilizados en laboratorios, especialmente en la criminal vivisección.

El derecho a no ser domesticado y consecuentemente explotado, a no ser considerado un ser semoviente, ni parte de la propiedad de los AH.

A no ser discriminado, especialmente frente a las posiciones académicas que segregan por la sintiencia y a mayor abundamiento consideran que hay especies que son más “like us” y en consecuencia, por su cercanía a los AH, deben ser protegidos, en desmedro de los “no sintientes”.

Un área especialmente relevante es la cuestión de los dependientes primarios que perdieron irrevocablemente la posibilidad de recuperar su estado feral, los cuales han debido sacrificar su evolución, su libertad y su crecimiento genético en beneficio de los intereses de los AH, que despectivamente los denominan “mascotas”, conviviendo con legislaciones derechamente especistas. 

Los conceptos clave que aportan al desarrollo de la IIE : status moral, justicia, protección de la ley, garantías constitucionales, derechos inalienables, no discriminación, igual trato ante la ley.  

Fundamentos

Los animales pagaron por su domesticación con su libertad evolutiva. Ellos perdieron su independencia genética

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Ética

A diferencia de la ética clásica y de las apreciaciones teológicas, la ética del entorno

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Teoría política

Básicamente los ANH son víctimas de una sociedad antropocentrista, que implica que son propiedad de

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